Ni Rajoy ni Rubalcaba han admitido hoy preguntas en sus intervenciones ante los medios de comunicación, previas al acto institucional para conmemorar 34 años de Constitución. Es curioso cómo la política y la sociedad cada vez viven más en realidades paralelas. Los ciudadanos creamos redes (reales o virtuales) para crecer, para sostenernos, para tener ideas, para llegar a fin de mes, para trabajar, para pensar, para solidarizarnos..., para todo. Somos conscientes de que la realidad es 2.0, es decir, democrática y participativa. Ya no valen los mensajes unidireccionales, los monólogos 1.0. La clave del 2.0 es el diálogo.. Sin embargo, el 'no hay preguntas' sigue creciendo entre la clase política. Intervenciones largas y tediosas, a menudo inconsistentes y, por supuesto, pensadas para soslayar las preguntas: unas veces porque el aburrimiento ha hecho mella en los interlocutores, otras apelando a la falta de tiempo.
Sin embargo, son estrategias pensadas casi siempre para proteger a quien habla de quienes preguntan. Cómo si sólo hubiera obligaciones constitucionales en un ala de la sala de prensa, como si las preguntas fueran innecesarias, como si quien habla dominara toda la información precisa y su discurso no fuera cuestionable.
O sea, como vivir en el siglo XX de la comunicación, ahora que ya avanzamos por la segunda década del XXI.
Nuestros políticos son como páginas web corporativas de la era 1.0. Muchos gadgets, mucha información, pero para comunicarnos con ellos nos envían al foro y nos obligan a rellenar un formulario. Su discurso hará aguas mientras no tengan claro que, por muy capciosas que sean las preguntas del mensajero, lo que los definirá será la magnitud de sus respuestas. Para ser 2.0 no basta con abrir una cuenta en facebook, hay que usarla. En la comunicación ocurre igual: no basta con tener un mensaje, hay que defenderlo y eso sólo ocurre cuando lo compartes, lo juzgan, te plantean dudas, lo enriquecen, lo transformas... O sea, dialogando. Incluso con periodistas.
Políticos 1.0. ó autocensura previa...
ResponderEliminarCapítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
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Artículo 20
Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Lástima que no esté regulada constitucionalmente la obligación de escuchar al ciudadano todos los días ¿verdad? Los partidos tienen órganos decisorios entre congresos ¿Por qué no órganos de control ciudadano entre elecciones?
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